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dc.contributor.authorRobledo Hernández, Ricardo
dc.date.accessioned2015-03-24T08:18:30Z
dc.date.available2015-03-24T08:18:30Z
dc.date.issued2012
dc.identifier.citationRobledo Hernández, R.(2012). La expropiación agraria de la Segunda República (1931-1939). En 7o. Encuentro Interdisciplinar sobre Historia de la Propiedad (371-411). Salamanca : Ediciones Universidad de Salamancaes_ES
dc.identifier.isbn9788490121320
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10366/125355
dc.description.abstract[ES]No hay reforma sin expropiación. La reforma agraria liberal expropió a la iglesia y a los pueblos y los compensó de forma desigual. También la nobleza soportó algún tipo de expropiación cuando sus rentas de alcabalas y tercias fueron absorbidas –y generosamente compensadas– por la Hacienda Pública. Al inicio del siglo XX volvió a hablarse de expropiación por el Ministro de Agricultura Canalejas, pero éste era un discurso inoportuno para quienes pensaban que lo decisivo era consolidar la propiedad lograda en el mercado desamortizador o heredada del Antiguo Régimen. Durante la República se empleó el procedimiento de la expropiación, sobre todo a partir de julio de 1936. Aunque estaba prevista la indemnización, prácticamente todo lo que se expropió se hizo sin indemnizar al propietario (salvo el importe de las mejoras útiles no amortizadas); hasta la guerra civil, porque se quiso penalizar a la gran nobleza única propietaria de las tierras que llegaron a expropiarse. La llegada del Frente Popular dio un impulso a la reforma, pero el medio empleado fue el de las ocupaciones temporales; lo que se «expropiaba», y temporalmente, era el uso de la tierra, jurídicamente en manos del titular que cobraba una renta por la cesión provisional del suelo; del capital y el trabajo se encargaba el IRA. Estas ocupaciones también se dieron en menor escala durante 1932-34. La dinámica de la guerra dio lugar a «la gran expropiación», que hizo de la reforma agraria española un proceso comparable al de los países europeos que desarrollaron la reforma agraria. Son varias las razones para que la indemnización estuviera ausente. Antes de 1936 debe ocupar un lugar destacado el problema de la Hacienda. Expropiar con indemnización era caro, sobre todo si se prescindía del impuesto progresivo que había propuesto la Comisión Técnica Agraria presidida por Flores de Lemus.es_ES
dc.format.extent40 p.
dc.format.mimetypeapplication/pdf
dc.languageEspañol
dc.language.isospaes_ES
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivs 3.0 Unported
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/
dc.subjectExpropiaciónes_ES
dc.subjectIndemnizaciónes_ES
dc.subjectReforma agrariaes_ES
dc.subjectSegunda República, 1931-1939es_ES
dc.titleLa expropiación agraria de la Segunda República (1931-1939)es_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bookPartes_ES
dc.subject.unesco5902.01 Política agrícolaes_ES
dc.rights.accessRightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess


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