Mostrar el registro sencillo del ítem

dc.contributor.advisorGonzález Bustos, María Ángeles 
dc.contributor.authorFreitas Starling de, Lilian
dc.date.accessioned2016-06-25T06:54:08Z
dc.date.available2016-06-25T06:54:08Z
dc.date.issued2015
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10366/129715
dc.description.abstract[ES] El Derecho es un producto humano, con función instrumental de regulación de las conductas sociales, de modo a permitir la tranquilidad y la seguridad de las relaciones entre los seres humanos en sociedad. Al disciplinar y buscar pacificar las relaciones humanas, el Derecho ofrece a la sociedad la seguridad para la persecución de sus objetivos comunes, entre ellos la preservación de la especie y del grupo social. Toda la vida del Derecho – de su génesis al alcance de sus objetivos y finalidades – gira en torno al ser humano. No existe pues, derecho que no afecte, aun que indirectamente, en última análisis, el ser humano. De esta manera, es el hombre el único sujeto de derechos posible, el único que puede ser investido de y, efectivamente, ejercer, de modo autónomo e independiente, derechos. También, es ello el único que crea reglas para defender a sí mismo y sus semejantes de actos practicados por sus pares – sean estos considerados de forma individual o colectiva, cuando organizados en asociaciones de las más diversas, de la familia al Estado. Las reglas creadas para disciplinar la vida en sociedad, para conferir o imponer derechos y obligaciones individuales o colectivas, reciben el nombre de reglas jurídicas. La relación del ser humano con sus pares en sociedad crea una serie de situaciones, de hechos, de relaciones, que, cuando entran en el campo de incidencia de la regla jurídica, se tornan hechos o relaciones jurídicas. Relaciones jurídicas, bien como las respectivas reglas que así las transforman, son, modernamente, aquellas de interés o disciplinadas por el derecho dictado por el Estado, lo que constituye el origen de la juridicidad. De ahí la distinción entre interés jurídico de los otros tipos de interés, siendo aquél el que tiene valor, en el sentido más amplio, para los otros individuos que componen la colectividad, y que, por tanto, debe ser objeto de atención y de disciplina estatal a través del Derecho. Ya régimen jurídico aquí, debe ser entendido como el conjunto de reglas e imposiciones jurídicas que rigen determinada relación o situación. A principio, tenemos de recordarnos que los Estados, en cuanto miembros de la sociedad internacional, no son seres autónomos, dotados de voluntad propia. Son personas artificiales, cuyos actos y voluntades surgen de estrechos comandos legalmente definidos, tanto en sus respectivas constituciones, cuanto en otros componentes de sus ordenamientos jurídicos. Y estos comandos normativos, estos 18 valores expresos en normas jurídicas deben, o deberían, guardar relación siempre estrecha con los valores de la sociedad la cual corresponden. La acción de un Estado, tanto en la sociedad interior, cuanto internacionalmente, se deriva estrictamente de comandos legales, incluso porque es esta la fuente de su existencia. De este modo, el Estado debe ser visto como una persona jurídica, con límites de actuación, objetivos y poderes estricta y legalmente establecidos. Aun que un Estado adopte acciones de hostilidad, violencia o agresión en la sociedad internacional, total y legalmente apoyado por su ordenamiento interior, con el apoyo incondicional de los valores de su sociedad, aun así, su conducta no puede prescindir de un orden jurídico internacional. Como en cualquier sociedad, en la internacional el simple hecho de estarse inserido en ella ya demanda la existencia de reglas, principios, valores, sin los cuales, por más fuerte y autosuficiente que sea el Estado, la viabilidad de su permanencia en este grupo estaría siempre en la inminencia de riesgo fatal. Así, independientemente de cual sea la visión que se adopte en relación a la sociedad internacional, su existencia depende íntimamente de la existencia del derecho internacional. Así, el derecho internacional es el responsable, de hecho, por proporcionar un orden sustancial en la sociedad internacional. Tanto que, actualmente, determinadas áreas de las relaciones internacionales se tornaron muy específicas, sea por evolución técnica, sea por relevancia de sus respectivos temas para la supervivencia y seguridad de los Estados y sus sociedades, desarrollando estructuras y mecanismos jurídicos específicos, dentro del derecho internacional. En este sentido, el presente trabajo visa el estudio del régimen jurídico del agua dulce, más específicamente su acceso y uso analizado aquí a la luz de las normas, principios, reglas y procesos de toma de decisiones que confrontan, y de la relación de estos con el derecho fundamental y principalmente con la dignidad de la persona humana, tanto en el ámbito del derecho internacional público cuanto, también de la perspectiva de su reflejo en el orden jurídico de la Unión Europea, España y Brasil. Hay los que creen que existe suficiente agua dulce en el mundo para las presentes y futuras generaciones, existiendo, sin embargo, una distribución absolutamente irregular, vez que algunas regiones del planeta son extremadamente áridas mientras otras son altamente irrigadas.es_ES
dc.format.extent796 p.
dc.format.mimetypeapplication/pdf
dc.languageEspañol
dc.language.isospaes_ES
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivs 3.0 Unported
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/
dc.subjectTesis y disertaciones académicases_ES
dc.subjectUniversidad de Salamanca (España)es_ES
dc.subjectAcademic Dissertationses_ES
dc.subjectAguaes_ES
dc.subjectDerecho fundamentales_ES
dc.titleEl acceso y uso del agua en cuanto derecho fundamentales_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/doctoralThesises_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/doctoralThesises_ES
dc.subject.unesco3308 Ingeniería y Tecnología del Medio Ambientees_ES
dc.identifier.doi10.14201/gredos.129715
dc.rights.accessRightsinfo:eu-repo/semantics/openAccess
dc.audience.educationLevelFernández de Gatta Sánchez, Dionisio


Ficheros en el ítem

Thumbnail

Este ítem aparece en la(s) siguiente(s) colección(ones)

Mostrar el registro sencillo del ítem

Attribution-NonCommercial-NoDerivs 3.0 Unported
Excepto si se señala otra cosa, la licencia del ítem se describe como Attribution-NonCommercial-NoDerivs 3.0 Unported