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dc.contributor.advisorLlamas Pombo, Eugenio  es_ES
dc.contributor.advisorLandini, Saraes_ES
dc.contributor.authorGiusti, Emilia
dc.date.accessioned2023-01-24T09:19:51Z
dc.date.available2023-01-24T09:19:51Z
dc.date.issued2022
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/10366/151416
dc.description.abstract[ES]El consentimiento informado es un tema muy discutido hoy en día. Al principio, se trataba simplemente de un consentimiento que autorizaba a las partes a prestar el servicio. Sin embargo, con el paso del tiempo, se ha tomado conciencia de la necesidad de tener conocimientos cada vez más específicos, que a veces son demasiado técnicos. El deseo de saber ha ido más allá, hasta el punto de querer informarse no sólo sobre el servicio, sino también sobre aspectos tan especiales, relacionados con la profesión, el trabajo, que son difíciles de transmitir, pero sobre todo son de complicada preocupación. Aunque se puede intentar informar lo máximo posible, hoy se sabe que nunca se obtendrá una información subjetivamente completa. El servicio, ya sea médico o de cualquier otra naturaleza, no sólo debe cumplir su objetivo, sino que debe ser perfecto; no se permiten defectos de cualquier naturaleza o tipo, incontrolados o, debido a la naturaleza particular del caso, incontrolables. En todo esto se invierte el consentimiento informado. Es obvio que la consecuencia fisiológica del servicio es y debe ser siempre garantizada a través de la información y el consentimiento, pero sólo eso. Con la ley sobre el consentimiento informado, el legislador ha tratado de estructurarlo, sin embargo, sobre todo en el ámbito médico, proporcionar indicaciones claras, ciertos límites más allá de los cuales no hay lugar, por lo que cualquier interés está destinado a decaer. Adecuación, equilibrio, orden: estos son los valores a los que el legislador, el juez, el abogado o el jurista deben mirar para juzgar si el consentimiento informado es o no conforme. Es necesario evitar dar espacio a los daños de la bagatela, pero encontrar las pautas a seguir en la elaboración del consentimiento para esa zona en particular. Por lo tanto, es necesario bajar a la practicidad, entender ese sistema y ordenarlo. Antes de clasificar un fenómeno, es esencial comprenderlo, estudiarlo. Es imprescindible entrar en el sistema de regulación o autorregulación de las estructuras hospitalarias para que este sistema encuentre finalmente la dimensión jurídica adecuada.es_ES
dc.language.isoitaes_ES
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/*
dc.subjectTesis y disertaciones académicases_ES
dc.subjectUniversidad de Salamanca (España)es_ES
dc.subjectTesis Doctorales_ES
dc.subjectAcademic dissertationses_ES
dc.subjectconsentimiento informadoes_ES
dc.subjectlegisladores_ES
dc.subjectCualificaciones profesionaleses_ES
dc.titleEl consentimiento informado en la actualidad: una nueva cualificación jurídicaes_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/doctoralThesises_ES
dc.subject.unesco5605.08 Derecho Privadoes_ES
dc.identifier.doi10.14201/gredos.151416
dc.rights.accessRightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_ES


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