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Título
La prohibición de procesamiento múltiple en Estados Unidos, España y Puerto Rico: los principios "double jeopardy" y "ne bis in idem" y su convergencia en un sistema mixto de derecho
Autor(es)
Director(es)
Palabras clave
Tesis y disertaciones académicas
Universidad de Salamanca (España)
Tesis Doctoral
Academic dissertations
Clasificación de delitos
Procedimiento (Derecho)
Derecho penal internacional
Clasificación UNESCO
5603 Derecho Internacional
5605.05 Derecho Penal
5904.02 Poder Judicial
347 Derecho civil
Fecha de publicación
2024
Resumen
[ES] Una persona es juzgada y absuelta de una muerte causada de forma
dolosa. Corto tiempo después, el Ministerio Público descubre evidencia nueva
de tipo demostrativo, que establece, de modo contundente e inequívoco, la
responsabilidad penal de la persona previamente procesada. Para dramatizar
algo más el ejemplo, supongamos que la persona luego confiesa los hechos
por los que fue originalmente juzgada, confiada en la imposibilidad de un
segundo proceso. ¿Se podría enjuiciar por segunda ocasión a esta persona?
¿Y si el delito por el cual se encausa en el segundo proceso es distinto o tiene
elementos diferentes, aunque producto de igual suceso histórico o evento
delictivo? ¿O si otra jurisdicción local o foránea promueve el segundo
encausamiento? La respuesta dependerá del alcance de la prohibición contra
procesamientos múltiples, conforme la protección y garantías previstas en
cada jurisdicción.
La prohibición de procesamientos múltiples cuenta con profundas
raíces históricas, comunes a las diferentes tradiciones jurídicas de occidente.
Incluso el Tribunal Constitucional de España en las SSTC 41/1997 y 2/2003,
alude expresamente a la quinta enmienda de la Constitución de los Estados
Unidos como antecedente histórico. Sin embargo, los diferentes
ordenamientos jurídicos divergen significativamente en la respuesta que
ofrecen al reprocesamiento de una persona acusada.
Examinamos una protección bien concebida contra procesamientos
múltiples, objeto de matices que tienden a desvirtuar sus nobles propósitos.
Con ello en mente, emprendemos el análisis histórico, jurídico y crítico del
desarrollo doctrinal del double jeopardy y el ne bis in idem.
El presente estudio se origina en las inquietudes en el desarrollo del
derecho puertorriqueño, tanto desde la óptica académica como profesor de
derecho penal y derecho procesal penal, como desde el crisol judicial en que
tengo el privilegio de fungir como juez del tribunal de primera instancia. En
ausencia de un claro marco doctrinal, resultaba indispensable clasificar toda
la jurisprudencia en torno al tema, en particular para contextualizar la
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multiplicidad de excepciones que refleja, en que se da cabida a ulteriores
procesos.
La protección contra el enjuiciamiento múltiple persigue, de una parte,
dar seguridad jurídica a una persona, en torno a la finalidad del resultado del
proceso encausado. De otra parte, fomentar que el Estado concentre sus
esfuerzos acusatorios en un único proceso. Sin embargo, su ejercicio práctico
resulta enigmático y revela una desviación de sus propósitos originales, con
margen contradictorio a favor del reprocesamiento de una persona luego de
la celebración de un juicio con todas las garantías procesales requeridas. Este
estudio surge de una preocupación genuina por desentrañar una doctrina en
apariencia minada por infinidad de circunstancias especiales.
URI
DOI
10.14201/gredos.159859
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