Compartir
Título
El derecho a la seguridad y salud laboral en el teletrabajo
Autor(es)
Palabras clave
Teletrabajo
Seguridad y salud en el trabajo
Adaptación normativa
Evaluación de riesgos laborales
Riesgos psicosociales
Clasificación UNESCO
5605 Legislación y Leyes Nacionales
56 Ciencias Jurídicas y Derecho
Fecha de publicación
2020-11
Editor
Wolters Kluwer
Citación
Martín Hernández, M. L. (2020). El derecho a la seguridad y salud laboral en el teletrabajo. Trabajo y derecho: nueva revista de actualidad y relaciones laborales, 12.
Resumen
[ES] El artículo pretende abordar la nueva reglamentación introducida por el Real Decreto-Ley 28/2020, de 28 de septiembre, de trabajo a distancia en relación a la protección de la seguridad y salud en el trabajo de los trabajadores que ejecutan sus prestaciones profesionales de servicios en un lugar distinto a las instalaciones físicas de su empresa y, más en particular, cuando esa actividad exige de forma preponderante el uso de dispositivos tecnológicos y electrónicos (teletrabajo). En esta nueva disposición, que después sería convalidada en el Parlamento por medio de la Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia, se establece un régimen de adaptación de la normativa general en materia de seguridad y salud en el trabajo, encabezada por la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), a las indudables particularidades que concurren en el desarrollo de la prestación laboral de servicios en régimen de trabajo, sobre todo, la que tiene que ver con el hecho de que el empresario, si bien puede seguir controlando el cumplimiento por parte de los trabajadores de su prestación profesional -incluso de forma más incisiva que en el trabajo presencial-, sin embargo, no puede controlar directamente ni el lugar de trabajo dónde se ejecuta dicha prestación ni la forma en la que el trabajador desempeña la misma y, por tanto, no puede conocer directamente los riesgos laborales derivados de ambas circunstancias. Ante esta situación, el estudio se centra principalmente en el análisis del nuevo régimen jurídico establecido para poder identificar y evaluar los riesgos laborales en el teletrabajo, incidiendo de manera crítica en los principales problemas que plantea la aplicación de esta regulación. Por otra parte, el artículo también alude a los principales riesgos que afectan a los teletrabajadores, haciendo especial hincapié en los de naturaleza psicosocial, que se mencionan expresamente en el RDL 28/2020 y al importante papel que puede/debe desarrollar la negociación colectiva en la protección de la seguridad y la salud en el trabajo de los trabajadores. Finalmente, se analiza como el recurso al teletrabajo puede resultar a su vez una medida de seguridad -de carácter organizativo- idónea para hacer frente a los riesgos laborales que afectan a determinados trabajadores (por ejemplo, para los trabajadores considerados especialmente sensibles en el art. 25 de la LPRL).
URI
ISSN
2386-8090
Aparece en las colecciones
Ficheros en el ítem
Nombre:
ARTÍCULO PRL EN EL TELETRABAJO_MONOGRAFICO TyD SOBRE DT DE LA PANDEMIA_PUVLICACION NOV. 2020.pdfEmbargado hasta: 2099-12-31
Tamaño:
431.0Kb
Formato:
Adobe PDF













