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Título
Incumplimiento por el distribuidor del pacto de exclusiva y derecho a la compensación por clientela: comentario a la sentencia del Tribunal Supremo de 7 de noviembre de 2013 (RJ/2013/7864)
Autor(es)
Palabras clave
Pacto exclusiva
Distribución
Proveedor
Clasificación UNESCO
5605.03 Derecho Mercantil
Fecha de publicación
2014
Editor
Ratio Legis Ediciones
Citación
González-Orús Charro, M. (2014). Incumplimiento por el distribuidor del pacto de exclusiva y derecho a la compensación por clientela: comentario a la sentencia del Tribunal Supremo de 7 de noviembre de 2013 (RJ/2013/7864). En M. J. Vaquero Pinto, A. Ávila de la Torre, (dirs.); M. J. González-Orús Charro, F. E. Miranda Mendoza, H. Sosa Olán, H. I. F. de Macedo, V. Jiménez Serranía, (coords.), Reflexiones sobre derecho privado patrimonial (Vol. 4, pp. 223-245). Ratio Legis Ediciones.
Resumen
[ES] Tradicionalmente se ha discutido la necesidad genérica del establecimiento de un preaviso de no renovación cuando el vencimiento del plazo se acerca. En este sentido, se ha entendido que en apoyo al principio de la buena fe recogido en los arts. 7 y 1258 Cc y 57 Ccom que se debe preavisar a la otra parte sobre su intención de no renovar el contrato, protegiendo así los
intereses del contratante que recibe la denuncia y evitando incurrir en una ruptura abusiva del contrato con consecuencias indemnizatorias. Sin embargo, esta solución es, a nuestro parecer, lícita en caso de pacto previo (art. 1255 Cc), ya que de forma contraria el ejercicio de un desistimiento unilateral habría de ser equiparado a un incumplimiento contractual por parte de quien lo ejercita (art. 1124 Cc), debiendo indemnizar a la otra parte (art. 1101 y ss. Cc), puesto que ésta confía en el pleno cumplimiento del plazo, el cual se ha pactado por algún motivo.
URI
ISBN
978-84-942429-7-7
Collections












