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Título
Bases administrativas de la Jurisdicción
Autor(es)
Director(es)
Palabras clave
Tesis y disertaciones académicas
Universidad de Salamanca (España)
Tesis Doctoral
Academic dissertations
Administración de Justicia
Derecho procesal
Jurisdicción
Derecho administrativo
Acción procesal
Clasificación UNESCO
5605.01 Derecho Administrativo
5605.02 Derecho Civil
5604.01 Funcionarios de Justicia y Procesos Judiciales
Fecha de publicación
2025
Resumen
[ES] ¿Cómo es posible que se apliquen instrucciones que resultan contra legem respecto de la Ley de Enjuiciamiento Civil? ¿Qué lugar ocupan en el sistema procesal los protocolos, las instrucciones de aplicación de protocolos, las cartas de servicios, las cartas de derechos de la ciudadanía ante la Administración de Justicia, las circulares e instrucciones? ¿Cómo se articula en el sistema procesal una normativa que, por su naturaleza, es ajena al Derecho Procesal? ¿Qué significa, en definitiva, que la Administración de Justicia sea un servicio público?
Todas estas preguntas tienen un denominador común: se refieren a la estructura, funcionamiento y actividad de la Administración de Justicia como Administración Pública. Y, a su vez, nos conducen a una cuestión central: ¿cómo se articula esa estructura y funcionamiento –que es propia del Derecho Administrativo– con la acción, la jurisdicción y el proceso –que son los elementos del Derecho Procesal–?
Este trabajo pretende ofrecer una respuesta a estas cuestiones. De ahí su título, que alude precisamente a la necesidad de reflexionar sobre las bases administrativas sobre las que se asienta la Jurisdicción
Se trata de un estudio de carácter descriptivo, que, sin aspirar a agotar un fenómeno tan amplio y complejo, busca trazar las líneas fundamentales que permiten relacionar la tríada procesal con los elementos esenciales del Derecho Administrativo que se manifiestan en el ámbito jurisdiccional.
El trabajo se estructura en tres partes principales:
1.
LA ACCIÓN. En esta primera parte, en el que se elabora un estudio doctrinal previo, se reflexiona sobre los conceptos fundamentales del Derecho Procesal y del ordenamiento jurídico en su sentido más amplio. La acción se presenta como el elemento teórico que vincula y juridifica el Derecho Procesal. Un cambio
en la concepción del Derecho implica, necesariamente, una
transformación en la concepción de la acción. En este sentido, se analizan los cambios actuales en la idea de Derecho y cómo estas impactan en la noción de acción.
2.
EL PROCESO. El proceso constituye el segundo pilar del Derecho Procesal, hasta el punto de dar nombre a la propia disciplina, aunque esta identificación no esté exenta de debate. Se examina cómo la evolución en la concepción del Derecho, y por ello de la acción, conlleva una transformación en la idea de proceso, evidenciada en la creciente relevancia del concepto de expediente. Este último, aunque escasamente estudiado en el ámbito procesal, ha sido ampliamente desarrollado en la práctica jurisdiccional y en el Derecho Administrativo, reavivando la discusión entre proceso y procedimiento.
3.
LA JURISDICCIÓN. Tradicionalmente entendida como expresión del Poder Judicial, la Jurisdicción requiere hoy una nueva mirada. El cambio en la concepción del Derecho y de la propia Jurisdicción obliga a abordarla desde una perspectiva estructural y organizativa, aspectos que han sido frecuentemente ignorados por el Derecho Procesal.
Por ello, esta parte del trabajo analiza la jurisdicción como organización administrativa y como función pública, en el marco de una Administración de Justicia que se configura cada vez más como un servicio público.
En definitiva, el giro conceptual del Derecho como modelo en red frente a la tradicional pirámide normativa, ha transformado profundamente la noción de acción, entendida como elemento esencial del Derecho. Esta transformación se manifiesta, sobre todo, en la idea de servicio público, de naturaleza eminentemente administrativa, que incide directamente en los otros dos pilares del Derecho Procesal: el proceso y la jurisdicción.
Así, asistimos a una creciente administrativización del proceso –visible en la centralidad del expediente– y de la jurisdicción –concebida cada vez más como una función administrativa, alejada del tradicional concepto de poder judicial–.
URI
DOI
10.14201/gredos.170419
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