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Título
Procesos legislativos y lucha por la sujeción de las autoridades al derecho en la Cataluña moderna
Otros títulos
Legislative Processes and the Struggle to Subject the Authorities to the Law in Early Modern Catalonia
Autor(es)
Palabras clave
Parliamentarism
Rule of law
politics
Catalonia
Early Modern period
Parlamentarismo
legalidad
política
Cataluña
Edad Moderna
Fecha de publicación
2026-06-30
Editor
Ediciones Universidad de Salamanca (España)
Citación
Studia Historica. Historia Moderna, 48 (2026)
Resumen
Since the 1990s, largely thanks to the publication of previously unpublished records of the Cortes held between 1480 and 1706, knowledge of Catalan historical parliamentarism has received a major boost. There is now a much better understanding of the decisive role played by the three estates in promoting new legislation for the Principality of Catalonia and, until 1659, the Counties of Roussillon and Cerdagne. After internal negotiations within parliamentary committees, a dialogue was opened with the king so that the statutes he enacted would reflect a complex combination of political wills. From the early sixteenth century onwards, the estates repeatedly demanded laws that would limit the scope of royal power —and often seigneurial power as well—, prevent arbitrariness, and guarantee the observance of the law, much of which had been agreed upon in the Cortes. In 1617, 1626, 1641 and between 1701 and 1706, Catalan dignitaries successively proposed mechanisms to resolve serious political and constitutional conflicts with the greatest possible neutrality. Two of these were put into practice: pact-based judicial proceedings (1642-1647) and the Tribunal de Contrafaccions (1702-1713). Desde los años 1990, en buena parte debido a la edición de procesos inéditos de Cortes celebradas entre 1480 y 1706, el conocimiento del parlamentarismo histórico catalán ha recibido un gran impulso. Cada vez se sabe mejor el papel determinante que jugaron los tres estamentos en la promoción de nuevas normas generales para el Principado de Cataluña y, hasta 1659, los Condados de Rosellón y Cerdaña. Después de negociaciones internas en comisiones parlamentarias, se abría un diálogo con el rey para que las leyes que decretara reflejaran un complejo concurso de voluntades políticas. Reiteradamente, desde principios del siglo XVI, los estamentos reivindicaron leyes que acotaran los márgenes del poder real —a menudo también señorial—, evitando arbitrariedades y garantizando la observancia del derecho, que en buena parte se había pactado en Cortes. Sucesivamente, en 1617, 1626, 1641 y entre 1701 y 1706, dignatarios catalanes plantearon mecanismos para resolver conflictos político-constitucionales graves con la mayor neutralidad posible. Dos tuvieron aplicación práctica: los juicios paccionados (1642-1647) y el Tribunal de Contrafaccions (1702-1713).
URI
ISSN
0213-2079
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