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Titolo
Agente encubierto y proceso penal garantista: límites y desafíos
Autor(es)
Director(es)
Soggetto
Tesis y disertaciones académicas
Universidad de Salamanca (España)
Academic Dissertations
Derecho procesal
Clasificación UNESCO
5605.99 Otras (Derecho procesal)
Fecha de publicación
2012
Resumen
[ES]El crecimiento y desarrollo de nuevas formas graves de criminalidad han puesto el Proceso penal en situación de alarma, a la vez que la persecución penal realizada en los moldes tradicionales, con métodos de investigación ya ampliamente conocidos, viene demostrándose insuficiente en el combate a la delincuencia moderna. Se impone entonces el establecimiento de reglas procesales compatibles con la modernización del crimen organizado, pero siempre respetando en lo posible los derechos y garantías fundamentales de los investigados o imputados. De otra parte, nuevas formas de investigación criminal necesitan ser incorporadas en los ordenamientos jurídicos de las distintas regiones del mundo con la finalidad de establecer una igualdad en términos de enfrentamiento a la actuación de organizaciones criminales.
Asi surge la figura del agente encubierto la cual se presenta como una técnica eficaz y poderosa de penetración en el submundo de la delincuencia organizada, buscándose conocer y recoger informaciones, datos y pruebas que vengan a contribuir para el enjuiciamiento criminal de las personas responsables por la práctica de delitos graves. Obedeciendo a los postulados de rango constitucional de la proporcionalidad y del debido proceso legal, la actuación encubierta será conforme con las bases de un proceso penal garantista, tornándose lícitas las conductas del infiltrado realizadas desde que presenten relación de respeto al objeto de la investigación y al tenor de la resolución autorizante.
La prueba aportada al proceso y obtenida a partir de una operación a través de agentes infiltrados en una determinada organización criminal merece ser admitida como una prueba más dentro del conjunto de actos probatorios, a si tomamos en cuenta el hecho de que la limitación a los derechos fundamentales del sospechoso se encuentran justificados a la luz del principio de proporcionalidad y sus vectores de idoneidad, necesidad y ponderación. [EN]The growth and development of new forms of serious crime have criminal proceedings in alarm, while the prosecution made in the traditional mold, with research methods already widely known, is proving inadequate in fighting crime modern. It then imposes procedural rules establishing compatible with modernization of organized crime, but always respecting as much as possible and guarantees the rights of those being investigated or charged. In addition, new forms of criminal investigation need to be transposed into the legal systems of the various regions of the world in order to establish equality in terms of confronting the criminal organizations performance.
So the figure of the undercover agent which is presented as an effective and powerful to penetrate the underworld of organized crime, seeking to know and collect information, data and evidence to come to contribute to the criminal prosecution of persons responsible for the felonies practice. In obedience to the tenets of constitutional proportionality and due process of law, covert action is consistent with the basis of a criminal guarantees, becoming the infiltrate lawful behaviors performed from showing relationship of respect to the object of research and under the authorizing resolution.
The evidence presented at trial and obtained from an operation by undercover agents in a particular criminal organization deserves to be accepted as further evidence within the set of acts evidence, whether we consider the fact that the limitation on the rights suspect's fundamental are justified in light of the principle of proportionality and their delivery of suitability, necessity and weighting.
URI
DOI
10.14201/gredos.121134
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