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Título
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 7 de diciembre de 2023, asunto c-634/21, OQ vs. Land Hessen, con intervención de SCHUFA Holding AG: Sobre la aplicación del art. 22 RGPD (decisiones individuales automatizadas) a las empresas de scoring (generación de valores de probabilidad para categorizar a las personas y prever estadísticamente su comportamiento)
Autor(es)
Palabras clave
Datos personales
Responsable del tratamiento
Interesado
Scoring
Personal data
Data controller
Data subject
Clasificación UNESCO
56 Ciencias Jurídicas y Derecho
5605.08 Derecho Privado
5605.02 Derecho Civil
5605.03 Derecho Mercantil
Fecha de publicación
2024-06
Editor
Ediciones Universidad de Salamanca
Citación
Aparicio Vaquero, J. P. (2024). Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 7 de diciembre de 2023, asunto c-634/21, OQ vs. Land Hessen, con intervención de SCHUFA Holding AG: Sobre la aplicación del art. 22 RGPD (decisiones individuales automatizadas) a las empresas de scoring (generación de valores de probabilidad para categorizar a las personas y prever estadísticamente su comportamiento). Ars Iuris Salmanticensis: AIS : revista europea e iberoamericana de pensamiento y análisis de derecho, ciencia política y criminología, 12(1), 332-335.
Resumen
[ES]Análisis de la STJUE del caso SCHUFA, que interpreta el art. 22 RGPD y los problemas en torno a la "generación" del valor de probabilidad por parte de la entidad de scoring más allá del uso por parte del destinatario de dicho valor de la evaluación efectuada para denegar un préstamo. Para el TJUE, la aplicabilidad del art. 22.1 depende de cómo se interpreten sus requisitos
cumulativos: Lo prohibido es (1) una «decisión», (2) «basada únicamente en el tratamiento automatizado, incluida la elaboración de perfiles» y (3) que produce «efectos jurídicos» en el interesado o que lo «afecta significativamente de modo similar». El TJUE interpreta todas esas expresiones, concluyendo que también la entidad de scoring es responsable frente al interesado de la evaluación efectuada y debe facilitarle información sobre los criterios que ha tenido en cuenta.
[EN]Analysis of the CJEU ruling in the SCHUFA case, which interprets Article 22 of the GDPR and the issues surrounding the "generation" of the probability value by the scoring entity beyond the recipient's use of that value in the assessment to deny a loan. According to the CJEU, the applicability of Article 22.1 depends on how its cumulative requirements are interpreted: What is prohibited is (1) a "decision", (2) "based solely on automated processing, including profiling", and (3) that produces "legal effects" on the data subject or that "significantly affects" him or her in a similar way. The CJEU interprets all these expressions, concluding that the scoring entity is also liable to the data subject for the assessment carried out and must provide him or her with information on the criteria it has taken into account.
Descripción
Comentario jurisprudencial
URI
Versión del editor
Aparece en las colecciones
- EURIPIDES. Artículos [18]













