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Título
Los delitos de omisión impropia
Autor(es)
Palabras clave
Omisión impropia
Comisión por omisión
Derecho penal
Clasificación UNESCO
5605.05 Derecho Penal
Fecha de publicación
1994
Editor
Universidad de Salamanca
Citación
Mulas, N. S. (1994). Los delitos de omisión impropia. En La reforma del Código Penal: aspectos conflictivos (pp. 161-172). Universidad de Salamanca.
Resumen
[ES]Según el art.1.1. del Código Penal no solo la acción, sino también la omisión dará origen a un delito o falta si está penada por la ley. Así nos encontramos con dos modalidades de tipo penal: tipo de acción y tipo de omisión con dos conductas diferenciadas, no por el carácter activo o pasivo de la conducta, sino por su distinta estructura y distinto significado como base positiva del injusto ya que, en lo que a la estructura se refiere, mientras los tipos de acción se dan si se realiza la conducta descrita, los de omisión se refieren a la no verificación de una determinada conducta o realización de una conducta distinta a la prevista.
La omisión es la infracción de un deber jurídico. Lo esencial por tanto en el delito de omisión, es que ese deber se incumple al omitir el sujeto una acción mandada y esperada en el Ordenamiento Jurídico.
Descripción
Aportación al Congreso Universitario de Alumnos de Derecho Penal (6. 1994. Salamanca)
URI
ISBN
84-600-8801-4
Aparece en las colecciones
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Nombre:
1994-REFORMA-DEL-CODIGO-PENAL-ASPECTOS-CONFLICTOS.pdfEmbargado hasta: 2099-01-01
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